Menor implicado en muerte de Miguel Uribe Turbay no será juzgado por homicidio: aquí le contamos la razón

El menor de 15 años señalado de disparar contra el senador y precandidato presidencial Miguel Uribe Turbay no podrá ser procesado por homicidio agravado, a pesar del fallecimiento de la víctima. Esta decisión jurídica se basa en el principio de congruencia estricta, contemplado en el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA) en Colombia, que protege los derechos procesales de los menores de edad.

El joven, identificado con el alias de ‘Tianz’, ya había aceptado previamente cargos por tentativa de homicidio y porte ilegal de armas, cuando aún se encontraba con vida la víctima. Debido a esto, la ley prohíbe modificar la imputación para incluir el delito de homicidio agravado, incluso tras la posterior muerte del senador.

¿Qué es la congruencia estricta?

El penalista Camilo Burbano explicó en Caracol Radio que este principio busca garantizar que el menor no sea juzgado por hechos que no fueron incluidos inicialmente en la imputación:

“En este caso, frente al menor, pese a que el senador lamentablemente falleció y se le impute la muerte como un hecho posterior, él solo podrá ser condenado por la tentativa del homicidio. Y esto porque él aceptó cargos antes de la muerte del senador. En este orden de ideas, a través de un principio que se conoce como congruencia estricta, pues no podrá aumentársele la pena”, afirmó Burbano.

Agregó además que, en el marco del SRPA, la pena máxima para adolescentes en Colombia es de ocho años, sin importar la gravedad del delito.

“Lo más seguro es que su pena tampoco pueda ser modificada”, concluyó.

La audiencia para definir la sentencia del menor se llevará a cabo el 27 de agosto, y aunque el juez podrá considerar el desenlace fatal en su valoración, no podrá aumentar ni cambiar el tipo penal inicialmente aceptado por el adolescente.

Otros implicados sí enfrentarán cargos por homicidio agravado

Paralelamente, la Fiscalía General de la Nación ha actualizado los cargos contra otros presuntos responsables del crimen, imputándoles el delito de homicidio agravado consumado. Entre ellos se encuentran:

  • Elder José Arteaga Hernández
  • Cristian Camilo González Ardila
  • Katherine Andrea Martínez Martínez
  • William Fernando González Cruz

La imputación también se añadirá en los próximos días contra Carlos Eduardo Mora González, una vez se resuelva el cambio de defensa legal.

El penalista Francisco Bernate detalló el alcance de la sanción:

“El delito de homicidio agravado tiene una sanción entre 33 y 50 años, sin embargo, atendiendo que hay armas y demás, puede incluso superar estos 50 años de prisión”.

Debate sobre el sistema penal juvenil

Este caso ha reavivado el debate público en torno a los alcances del SRPA y los límites de la justicia juvenil en crímenes de alta gravedad. Aunque la legislación actual busca priorizar la resocialización y la protección de los derechos de los menores, hay sectores que cuestionan la proporcionalidad de las penas cuando se trata de delitos con consecuencias tan graves como el asesinato de una figura pública.

La decisión judicial, aunque respaldada legalmente, plantea interrogantes sobre la necesidad de revisar el marco normativo para casos excepcionales que involucran a menores en crímenes de alto impacto.

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